Taxi. Transmisión de licencias en MadridAuthor: Ayuntamiento de MadridÓrgano gestor Dirección General de Movilidad * Subdirección General de la Oficina Municipal del Taxi Requisitos para obtener la licencia de taxi en Madrid. - Ser persona física, no pudiendo otorgarse las licencias de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes. - Tener la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea, o de otro estado con el que, en virtud de lo dispuesto en acuerdos, tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de nacionalidad; o contar con las autorizaciones o permisos de trabajo que, con arreglo a lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, resulten suficientes para amparar la realización de la actividad de transporte en nombre propio. - Estar domiciliado en el territorio de la Comunidad de Madrid. - Cumplir las obligaciones de carácter fiscal establecidas en la legislación vigente. - Cumplir las obligaciones laborales y sociales exigidas en la legislación correspondiente. - Disponer de vehículos, a los que han de referirse las licencias, que cumplan los requisitos previstos en el capítulo 3 del Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo y no superen la antigüedad de dos años, contados desde su primera matriculación, cualquiera que sea el país donde ésta se haya producido. - Disponer del número de conductores que resulte pertinente conforme a lo dispuesto en el artículo 32 del mencionado Reglamento, los cuales deberán reunir las condiciones que en el mismo se establecen. - Tener cubierta en cuantía no inferior a 50.000.000 euros su responsabilidad civil por daños que se causen con ocasión del transporte. - Obtener simultáneamente la autorización de transporte público discrecional interurbano en automóvil de turismo, salvo que se den las circunstancias previstas en los números 2 ó 3 del artículo 11 de dicho Reglamento. Un mismo titular no podrá disponer de más de tres licencias en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Inscripción - Solicitud Presencialmente en la Subdirección General de la Oficina Municipal del Taxi Importe PARA 2007: 535,75 euros. Documentacion - Solicitud en impreso específico y la que se señala en documento adjunto Fundamento Legal Decreto 74/05 de 20 de julio que aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo. (Artículo 10 al17). BOCM Núm. 184 de 4 agosto 2005. Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencias y autorizaciones Administrativas de Autotaxis y Vehículos de Alquiler. Redacción vigente aprobada por Acuerdo Pleno de 29 noviembre 2006. BOCM. Núm. 300 de 18 diciembre 2006. © Ayuntamiento de Madrid Link: Madrid Spain |


